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Obligaciones fiscales al abrir una sociedad en Costa Rica.

La formalización de una sociedad conlleva algunos pasos importantes que mencionaremos en este artículo. Luego de esta formalización hay responsabilidades fiscales que debe conocer usted como dueño de una futura sociedad para evitarse recargos por no contemplar todos los escenarios posibles antes.



Requisitos para formalizar una sociedad en Costa Rica


El Ministerio de Economía Industria y comercio es el ente de establecer los lineamientos para el fortalecimiento de la económica, establecido los trámites que se requieren para poder formalizar un empresa en Costa Rica; existen trámites obligatorios y no obligatorios.


Trámites no obligatorios

  1. Registro de marcas

  2. Crear una empresa Jurídica

Trámites obligatorios

  1. Uso de suelo para poder optar por un permiso sanitario de funcionamiento.

Según la actividad o tamaño del proyecto es necesario algunos requisitos adicionales como:

  • Estudio de viabilidad ambiental

  • Conexiones al sistema de alcantarillado

  • Disposición de residuos

  • Certificación de cumplimiento con reglamento de B PM (Certificado buenas prácticas de manufactura de medicamentos).

  • Regencia Profesional


2. Solicitar una patente municipal de funcionamiento; para que la municipalidad donde va a realizar la actividad económica o domicilio fiscal le otorgue una patente necesita:

  • Permisos de uso de suelo y permiso sanitario de funcionamiento.

  • Registrarse como patrono en la Caja Costarricense de Seguro Social, también conocida con sus siglas C.C.S.S

  • Registrarse como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda a través de su plataforma ATV

  • Adquirir un Póliza de Riesgo.

Adicionalmente para obtener una patente municipal se requiere un registro sanitario; para empresas que se dediquen a comercializar productos alimenticios, medicinales y otros.


Obligaciones fiscales


Una vez creada la sociedad es importante que el profesional que le ayuda con todas estas formalizaciones sepa que al quedar registrado como obligado tributario las obligaciones fiscales quedan habilitadas, por lo que es importante saber:


  1. Todos los 15 de cada mes hay que presentar y pagar el impuesto al valor agregado (IVA): si su sociedad es creada días antes de esta fecha y aún no inicia las actividades económica debe presentar las declaraciones en cero.

  2. El impuesto a las personas jurídicas se debe de cancelar todos los meses de Enero.

  3. Los Timbres de educación y cultura vencen todos los 31 de marzo.

  4. Si la sociedad está inactiva debe presentar una declaración a más tardar el 31 de marzo de cada año.

  5. Si la sociedad se crea para respaldar bienes muebles con valores mayores a ¢137,000,000.00 debe tener en cuenta que debe presentar cada Trieno la declaración del impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda y se paga antes del 15 de cada mes.

  6. Impuesto de Renta se presenta ante del 15 de marzo de cada año y se pagan adelantos trimestralmente.

  7. Si recibe rentas cuyo origen son:

  • Alquileres

  • Subarrendamientos

  • Rentas por constitución o cesión de derechos o facultades de uso o goce de bienes inmuebles.

  • Rentas por fondos de inversión no financieros que correspondan al periodo.

Debe tener en cuenta que mensualmente debe presentar y cancelar la declaración de rentas de capital inmobiliario.


Existen algunos otras obligaciones pero enumeramos las que consideramos las más importantes, recuerde siempre buscar un buen contador o especialista fiscal que le ayude con los trámites correspondientes.


Si tiene dudas o consultas contáctenos:
www.iylconsulting.com
info@iylconsulting.com


 




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